EJECUTADOS POLÍTICOS

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XI Congreso 3-11 Nov. 90.000 desparecidos

Congreso del 3 al 11 de noviembre de 1991 en Chile, convoca la FEDEFAM, Hortensia Bussi de Allende, Angela Jeria, Isabel Morel, Alejandro Hales, entre otros.

Federación Latinoamericana de Asociaciones de Familiares de Detenidos-Desaparecidos (FEDEFAM)

Sergio Peña Díaz

Sergio Peña Díaz, veterinario de 37 años. Es en su época universitaria como estudiante de Medicina Veterinaria ingresa a las filas del MIR, participa en la organización de pobladores y campesinos, asumiendo tareas de dirigencia.

Durante el gobierno de la Unidad Popular asume como ayudante técnico de la Sociedad de Comercio Agrícola de la ciudad de Valdivia, ascendiendo a jefe de la zona.

Tras el golpe de Estado es detenido y enviado a la cárcel de Valdivia, donde permanece hasta enero de 1974. Posteriormente parte a exilio en 1975 con destino a Dinamarca junto a su esposa y sus dos hijas.

Reingresa a Chile de forma clandestina a comienzos de 1983, siendo ejecutado por efectivos de la CNI en el montaje conocido como "Fuenteovejuna".

Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR)

Sergio Flores Durán

Sergio Gabriel Flores Duran, técnico electricista, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR) y dirigente de su Fuerza Central, tenía 29 años al momento de su muerte. Sergio Flores fue ejecutado por la CNI junto a María Verónica Cienfuegos el 11 de diciembre de 1981 en la calle Rivadavia N° 6674, comuna de San Joaquín, por agentes de la CNI. Ambos habrían entrado clandestinos al país como parte de la Operación Retorno.

En la resolución (causa rol N°36-2010) dictada en agosto de 2018 la Corte de Apelaciones de San Miguel dictó procesamiento en contra de 21 ex agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) y ex miembros de la Policía de Investigaciones por los homicidios calificados de Sergio Flores Durán y María Verónica Cienfuegos Cavieres, operativo montado por los agentes represores de la Dictadura conocido también como “El montaje de Rivadavia 6674″.

Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR)

Reverso de fotografía de María Angélica Palleras en manifestación

Reverso de la fotografía anterior de María Angélica Palleras Norambuena, fotógrafa y hermana de Adolfo Palleras Norambuena, ejecutado político. La imagen corresponde a una carta enviada por María Angélica a un grupo de compañeras para solicitar su apoyo en las gestiones realizadas para exigir la entrega de los cuerpos encontrados en una fosa común, entre ellos el de Adolfo y el resto de personas ejecutadas por la Caravana de la Muerte en octubre de 1973 por el norte del país.

Manuel Cabieses Donoso

Pasaporte de Danilo Wilfredo Quezada Capetillo

Pasaporte de Danilo Quezada Capetillo otorgado por el Consutado chileno en San Francisco, Estados Unidos, país donde vivió su exilio.
El documento de viaje es emitido según lo dispuesto por la "Convención sobre el Estatuto de Refugiados" adoptada en Ginebra, Suiza, el 28 de julio de 1951. Dicha convención otorga protección legal y derechos a las personas que se encuentren refugiadas bajo el principio de de non-refoulement, o no devolución, el cual estable que una persona refugiada no puede ser devuelta a un país donde se enfrenta a graves amenazas a su vida o su libertad.

Según lo dispuesto en el artículo 27 de la convención, los países contratantes pueden conceder documentos de viaje a los refugiados que se encuentren legalmente en sus territorios, entendiendo por "refugiados" a toda persona que se encuentre fuera de su país de nacionalidad debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, nacionalidad u opiniones políticas.

El documento contiene los datos personales del refugiado, además de su fotografía.

Consulado chileno en San Francisco

Pasaporte

Pasaporte de Juan Ramón Olivares Pérez otorgado por el Reino Unido, país donde vivió su exilio tras su salida de Chile.

El documento de viaje es emitido según lo dispuesto por la "Convención sobre el Estatuto de Refugiados" adoptada en Ginebra, Suiza, el 28 de julio de 1951. Dicha convención otorga protección legal y derechos a las personas que se encuentren refugiadas bajo el principio de de non-refoulement, o no devolución, el cual estable que una persona refugiada no puede ser devuelta a un país donde se enfrenta a graves amenazas a su vida o su libertad.

Según lo dispuesto en el artículo 27 de la convención, los países contratantes pueden conceder documentos de viaje a los refugiados que se encuentren legalmente en sus territorios, entendiendo por "refugiados" a toda persona que se encuentre fuera de su país de nacionalidad debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, nacionalidad u opiniones políticas.

El documento contiene los datos personales del refugiado, además de su fotografía y posibilita el ingreso a cualquier nación, excepto Chile.

Reino Unido

Otros militantes

Documentos y fotografías de mujeres y hombres militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) que ingresaron a Chile entre 1978 y 1981 de manera clandestina en el marco de la Operación Retorno. Muchos de los cuales participaron en distintas acciones de resistencia en diversas zonas del país, siendo abatidos en combate o ejecutados en falsos enfrentamientos planificados por los agentes de los órganos represivos de la dictadura.

Manuel Cabieses Donoso

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