Reclamo interpuesto en el Consejo para la Transparencia por Erika Hennings Cepeda en representación de Londres 38, espacio de memorias a la respuesta incompleta o parcial (censura de datos) por parte de Gendarmería a la solicitud AK006T0008626.
Documento con características técnicas de la exposición "Toda la Verdad, Toda la Justicia", con una descripción general y detallada de los elementos de la exposición, características de montaje, material de apoyo y condiciones relativas a la muestra.
Nómina que responde de forma parcial a la tercera solicitud (nómina de condenados por violaciones a los derechos humanos cometidas durante 1973 y 1989 que estén cumpliendo condenas en otros recintos penitenciarios indicando igualmente sus edades y nº de rol de causas por las cuales fueron condenados), dado que no entrega los nombres y apellidos de los reos. Gendarmería considera que tal información corresponde a datos sensibles y por tanto debe ser resguardada en función de la Ley N° 19.628 "Sobre Protección de la Vida Privada".
Nómina que responde de forma parcial a la primera solicitud (Nómina de condenados que cumplen prisión en el penal de Punta Peuco, sus edades y nº de rol de causas por las cuales fueron condenados), dado que no entrega los nombres y apellidos de los reos. Gendarmería considera que tal información corresponde a datos sensibles y por tanto debe ser resguardada en función de la Ley N° 19.628 "Sobre Protección de la Vida Privada".
Nómina que responde de forma parcial a la segunda solicitud (nómina de condenados que habiendo permanecido en Punta Peuco se encuentren actualmente fuera del penal en virtud de beneficios otorgados, indicando igualmente sus edades y n° de rol de causas por las que fueron condenados), dado que no entrega los nombres y apellidos de los reos. Gendarmería considera que tal información corresponde a datos sensibles y por tanto debe ser resguardada en función de la Ley N° 19.628 "Sobre Protección de la Vida Privada".
Nómina que responde de forma parcial a la cuarta solicitud (nómina de condenados por violaciones a los derechos humanos cometidas durante 1973 y 1989 que, habiendo permanecido en esos recintos, se encuentren actualmente fuera de ellos en virtud de beneficios otorgados, indicando igualmente sus edades y nº de rol de causas por las cuales fueron condenados), dado que no entrega los nombres y apellidos de los reos. Gendarmería considera que tal información corresponde a datos sensibles y por tanto debe ser resguardada en función de la Ley N° 19.628 "Sobre Protección de la Vida Privada".
El documento contiene dos nóminas: la nómina de internos que se encuentran condenados en el C. C. P. Punta Peuco al 04/07/2018, la cual tiene censuradas las columnas de nombres de los internos, episodio y delitos. La segunda nómina corresponde a la de internos del C. C. P. Punta Peuco con permisos de salida entre junio año 2017 a junio año 2018, la cual tiene censurada la columna del nombre de los internos.
Documento que informa a Londres 38 que su solicitud de acceso a la información AK012T0000160, en la cual requieren 1.-Asignación de recursos a investigación e indagatorias judiciales en casos de delitos de lesa humanidad de Cuesta Barriga y caso Fuerte Arteaga (Colina) 2.- Información de estado de presupuesto ejecutado de investigación e indagatorias judiciales en caso de Cuesta Barriga y caso Fuerte Arteaga (Colina) 3.- Información del estado de la avance de la investigación (nuevos hallazgos, nuevas excavaciones, estado de la indagatoria) de casos de Cuesta Barriga y Fuerte Arteaga (Colina), fue debidamente recepcionada por la Subsecretaría de Derechos Humanos.
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Subsecretaría de Derechos Humanos
Oficio N° E18775 que informa la decisión final del Consejo para la Transparencia acogiendo amparo interpuesto por Gloria Elgueta Pinto, ante la respuesta parcial o incompleta por parte de Gendarmería de Chile referente a datos de reos y ex-reos del Centro de Detención Preventiva y Cumplimiento Penitenciario Especial Punta Peuco.
Oficio N° E13423 que informa la decisión final del Consejo para la Transparencia acogiendo parcialmente amparo, ante la respuesta parcial o incompleta por parte de Carabineros referente a información sobre el tipo de falta por el cual se instruyeron sumarios a funcionarios de la institución.