Documento que aborda la libertad condicional otorgada a condenados por violaciones a los derechos humanos, centrándose en tres aspectos. El primero de ellos se refiere a la finalidad de la sanción, especialmente en los casos en que se cuestiona la legitimidad de una pena impuesta a ancianos o enfermos. También, considerando las obligaciones internacionales a las que el Estado de Chile debe responder, como la obligación de perseguir y sancionar a los responsables de graves violaciones de los derechos humanos, es importante enfrentar el tema de la proporcionalidad de la pena y de su cumplimiento efectivo. Por último, en el documento se abordan los estándares establecidos por el derecho internacional para la concesión de medidas destinadas a reducir la condena impuesta a los violadores de derechos humanos.
Con el propósito de que la justicia investigue y determine el destino final de 85 personas detenidas desaparecidas, Londres 38 espacio de memorias inicia una querella por los delitos de inhumación ilegal y asociación ilícita contra quienes participaron en estos hechos criminales.
Registro fotográfico de la sesión de la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios de la Cámara de Diputados realizada en Londres 38, espacio de memorias, donde suscribieron y propusieron medidas para dar solución a las demandas contenidas en el Compromiso por la Verdad y la Justicia.
Amicus Curiae sometido ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, para el Caso Omar Maldonado Vargas y Otros contra el Estado de Chile (Caso Nº 12.500 ante la CIDH).
El escrito presentado al tribunal sostiene que la inhumación ilegal de los cuerpos es un delito de lesa humanidad, toda vez que es la continuidad de los delitos de lesa humanidad que se cometieron contra las víctimas a partir del momento mismo de su detención. Las 85 personas por las que se inicia esta acción legal estuvieron secuestradas y torturadas en el cuartel de la DINA de Londres 38, al que también los agentes llamaban en clave como "Yucatán".
Registro fotográfico presentación en Londres 38 de la Subsecretaría de DDHH, por el entonces Ministro de Justicia, José Antonio Gómez. Asistieron la ministra de Justicia y DDHH de Ecuador y el diputado y presidente de la ComIsión de DDHH de Cámara, Hugo Gutiérrez.
Intervención urbana instalada el viernes 6 y sábado 7 de septiembre del 2013 en nueve puentes sobre el río Mapocho, que fueron intervenidos con murales y lienzos con consignas "¿Dónde están los desaparecidos?" "Que rompan el pacto de silencio", "Que hablen los que torturaron y asesinaron", "La impunidad garantiza la represión de hoy", "40 años de luchas y resistencias". Participaron en la intervención Londres 38 espacio de memorias, DoceBrillos, Agotok, Brigada Negotrópica y Pasto Loco.
Dictamen aprobado por el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas respecto a la comunicación núm. 2627/2015, violación del derecho a la libertad de expresión por la incautación de obra artística realizada en el marco de la conmemoración de los 40 años del golpe civil militar. En lo esencial del dictamen el Comité considera que la remoción forzada de la obra “Puentes de la Memoria” por parte de Carabineros de Chile constituyó una clara restricción a la libertad de expresión de los autor, en consecuencia el Estado tiene la obligación de proporcionar a los autores un recurso efectivo, requiere una reparación íntegra a los individuos cuyos derechos hayan sido violados, las medidas se señalan en el documento.
Registro fotográfico del anuncio de la publicación de 93 fichas de Colonia Dignidad y realizaron un llamado a la apertura de la totalidad del archivo incautado por el juez Zepeda, así como los archivos de las comisiones Rettig y Valech y otros archivos en poder de las Fuerzas Armadas y de organismos del Estado, realizado por Gloria Elgueta de Londres 38 y Fernando Cacho, de la Comisión Ética Contra la Tortura.
Descripción de la serie de Télex del Archivo de la Central Nacional de Informaciones (CNI) según norma internacional de descripción de archivos (ISAD-G). Los telex forman parte del archivo descubierto en el inmueble de República 475 el organismo represivo de la dictadura cívico militar que sucedió a la DINA y que funcionó hasta 1990. El inmueble de República 475 fue ocupado por la DINA en 1974 y luego, tras su disolución, traspasado a la CNI en 1978. La casona funcionó como el cuartel central del organismo represivo, donde estaban las oficinas de su director, así como los departamentos auxiliares bajo su mando, entre ellos los de Finanzas, Comunicaciones y otros.