OPERACIÓN RETORNO

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Patricio Alejandro Calfuquir Henríquez

Patricio Alejandro Calfuquir Henríquez, de nombre político "Pedro" y/o "Peyuco", fue miembro del Destacamento Toqui Lautaro tras ingresar clandestinamente al país en el marco de la Operación Retorno.

Oriundo de la ciudad de Pitrufquén en la región de la Araucanía, se integró tempranamente a las filas del MIR participando en los Consejos Comunales Campesinos y en el Movimiento Campesino Revolucionario (MCR) en la provincia de Cautín, postergando sus estudios de ingeniería en la Universidad Técnica del Estado (UTE).

El 11 de septiembre de 1973 es detenido en Pitrufquén y dejado en libertad un año y medio después, saliendo exiliado a Francia en 1978. Tras el golpe de Estado es detenido también su padre, Luis Calfuquir Villalón, militante del Partido Radical, administrador en el Hospital de Pitrufquén, dirigente de la Federación Nacional de Trabajadores de la Salud (FENATS) y de la Central Única de Trabajadores (CUT) en la misma localidad, quien permanece desaparecido hasta el día de hoy.

En Neltume, asume como segundo jefe del Destacamento Toqui Lautaro. Es asesinado a sus 28 años, por un destacamento de ejercito, comandado por Rosauro Martínez Labbé, en Remeco Alto el 20 de septiembre de 1981 junto a sus compañeros Próspero Guzmán Soto y José Eugenio Monsalve Sandoval.

Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR)

Pasaporte de Patricio Calfuquir Henríquez

Pasaporte de Patricio Alejandro Calfuquir Henríquez otorgado por Francia, país donde vivió su exilio tras su salida de Chile en 1978.

El documento de viaje es emitido según lo dispuesto por la "Convención sobre el Estatuto de Refugiados" adoptada en Ginebra, Suiza, el 28 de julio de 1951. Dicha convención otorga protección legal y derechos a las personas que se encuentren refugiadas bajo el principio de de non-refoulement, o no devolución, el cual estable que una persona refugiada no puede ser devuelta a un país donde se enfrenta a graves amenazas a su vida o su libertad.

Según lo dispuesto en el artículo 27 de la convención, los países contratantes pueden conceder documentos de viaje a los refugiados que se encuentren legalmente en sus territorios, entendiendo por "refugiados" a toda persona que se encuentre fuera de su país de nacionalidad debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, nacionalidad u opiniones políticas.

El documento contiene los datos personales del refugiado, además de su fotografía y posibilita el ingreso a cualquier nación, excepto Chile.

Francia

Miguel Cabrera Fernández

Miguel Cabrera Fernández, de nombre político "Paine", fue militante, dirigente y miembro del Comité Central del MIR y jefe del Destacamento Toqui Lautaro, foco guerrillero que operó en la localidad de Neltume, en el marco de la Operación Retorno.

Oriundo de la comuna de Teodoro Schmidt, en la región de la Araucanía, se integra a las filas del MIR en 1965 siendo parte del grupo fundador del partido en la ciudad de Temuco, desde donde desarrolló un trabajo político con el campesinado y comunidades mapuches de Cautín y Malleco. En 1968 forma parte del Comité Regional del MIR en Temuco, siendo promovido dos años despúes al Comité Central del partido por su trayectoria y compromiso con la construcción y desarrollo de la lucha revolucionaria campesina.

Tras el golpe de Estado es detenido en Santiago en marzo de 1974 y trasladado posteriormente a la cárcel de Temuco donde permanece preso durante dos años, tras lo cual es conmutada la pena de presidio por extrañamiento, saliendo exiliado del país con destino a Holanda.

Desde el extranjero lidera el proyecto de retorno a Chile reclutando un contingente de militantes que recibirían preparación física, política y militar en la Escuela de Instrucción Militar Luciano Cruz, en Cuba, para levantar un foco de resistencia que permitiera desarrollar una guerrilla al sur del país, conformándose así el Destacamento Toqui Lautaro. Entre 1977 y 1980 se traslada desde Holanda a Bélgica ,España, Cuba y Argentina, hasta ingresar clandestino a Chile a principios de septiembre de 1980, liderando el grupo ya instalado en la montaña valdiviana.

Fue abatido por Carabineros en la localidad de Choshuenco el 15 de octubre de 1981.

Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR)

Pasaporte de Miguel Cabrera Fernández

Pasaporte de Miguel Cabrera Fernández otorgado por el Consulado chileno en Ámsterdam, Holanda, donde vivió su exilio tras su salida de Chile en 1976.

Miguel Cabrera, al igual que miles de presos y detenidos por la dictadura cívico militar chilena, es expulsado del país tras conmutar la pena de cárcel impuesta por los Tribunales Militares, siguiendo las disposiciones legales estipuladas en el Decreto 504 del 10 de mayo de 1975.

El documento contiene los datos personales del refugiado, además de su fotografía y le permite a Miguel Cabrera trasladarse desde Holanda a Bélgica ,España, Cuba y Argentina, hasta ingresar clandestino a Chile a principios de septiembre de 1980.

Consulado chileno en Ámsterdam

Alan William Rodríguez Pacheco

Alan William Rodríguez Pacheco, de nombre político "Raúl", fue miembro del Destacamento Toqui Lautaro tras ingresar clandestinamente al país en el marco de la Operación Retorno.

Profesor y Máster en Matemáticas de la Universidad Técnica del Estado (UTE), era un férreo amante de la lectura e interesado en diversos géneros, abarcando desde la literatura hasta la ciencia y la investigación.

Fue jefe de las patrullas de seguridad que se organizaron dentro del Destacamento Toqui Lautaro durante su estadía en las montañas de Neltume. Tras la embestida represiva de octubre de 1981, Alan logra sobrevivir y se traslada a Santiago, donde vive en clandestinidad hasta el 3 de enero de 1983 cuando es asesinado por agentes de la CNI en su domicilio ubicado en la comuna de Maipú.

Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR)

Pasaporte de Alan Rodríguez Pacheco

Pasaporte de Alan William Rodríguez Pacheco, otorgado por el Reino Unido.

El documento de viaje es emitido según lo dispuesto por la "Convención sobre el Estatuto de Refugiados" adoptada en Ginebra, Suiza, el 28 de julio de 1951. Dicha convención otorga protección legal y derechos a las personas que se encuentren refugiadas bajo el principio de de non-refoulement, o no devolución, el cual estable que una persona refugiada no puede ser devuelta a un país donde se enfrenta a graves amenazas a su vida o su libertad.

Según lo dispuesto en el artículo 27 de la convención, los países contratantes pueden conceder documentos de viaje a los refugiados que se encuentren legalmente en sus territorios, entendiendo por "refugiados" a toda persona que se encuentre fuera de su país de nacionalidad debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, nacionalidad u opiniones políticas.

El documento contiene los datos personales del refugiado, además de su fotografía y posibilita el ingreso a cualquier nación, excepto Chile.

Reino Unido

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