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Archivo Londres 38 Item MILITANCIA POLITICA With digital objects
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Sergio Montecinos en el día de su matrimonio

Fotografía de Sergio Montecinos en el día de su matrimonio con Mónica. Se desconoce la fecha exacta, pero según los testimonios recopilados la ceremonia se habría desarrollado en Maipú tiempo antes del Golpe de Estado de 1973.

Claudio Pérez

Sonia Bustos Reyes

Fotografía de perfil de Sonia Bustos, egresada de Secretaria en Contabilidad del Instituto Superior de Comercio y trabajadora del Cuartel Zañartu del Club de Investigaciones de Chile, ubicado en la calle Sargento Aldea, comuna de Santiago Centro, donde se desempeñaba dentro de su profesión.

Claudio Pérez

Rostro de Violeta López

Fotografía tipo carnet de Violeta López, militante del MIR y empleada en la fábrica de cecinas Loewer, donde participó en la formación de su sindicato a través del comité de bienestar.

Leopoldo Muñoz Andrade

Fotografía de Leopoldo Muñoz, estudiante de Construcción Civil en la Universidad de Chile. Militante del MIR, durante la Unidad Popular fue presidente del Comando de Abastecimiento Directo de la población José María Caro, donde también participaron Pedro Enrique Poblete Córdova y Marcos Esteban Quiñones Lembach.

Claudio Pérez

Manuel Carreño Navarro

Fotografía tipo carnet de Manuel Carreño Navarro, padre de siete hijos y vecino de la población El Carmen, comuna de Conchalí. Militaba el Partido Comunista y trabajaba como comerciante.

Pasaporte

Pasaporte de Juan Ramón Olivares Pérez otorgado por el Reino Unido, país donde vivió su exilio tras su salida de Chile.

El documento de viaje es emitido según lo dispuesto por la "Convención sobre el Estatuto de Refugiados" adoptada en Ginebra, Suiza, el 28 de julio de 1951. Dicha convención otorga protección legal y derechos a las personas que se encuentren refugiadas bajo el principio de de non-refoulement, o no devolución, el cual estable que una persona refugiada no puede ser devuelta a un país donde se enfrenta a graves amenazas a su vida o su libertad.

Según lo dispuesto en el artículo 27 de la convención, los países contratantes pueden conceder documentos de viaje a los refugiados que se encuentren legalmente en sus territorios, entendiendo por "refugiados" a toda persona que se encuentre fuera de su país de nacionalidad debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, nacionalidad u opiniones políticas.

El documento contiene los datos personales del refugiado, además de su fotografía y posibilita el ingreso a cualquier nación, excepto Chile.

Reino Unido

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