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Descripción archivística
Fondo Víctimas y Protagonistas MUJERES Texto Con objetos digitales
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Certificado de nacimiento de María Soledad Henríquez

Certificado de nacimiento de María Soledad Henríquez Gambero, esposa de Carlos Salcedo e hija de Remigio Henríquez y Soledad Gambero.
El documento acredita como fecha de su nacimiento el 15 de abril de 1951 en la ciudad de Concepción y es inscrita en el Registro Civil de la misma localidad, el 24 de abril de 1951.

Servicio de Registro Civil e Identificación

Declaración de María Soledad Henríquez sobre la detención de su esposo

Declaración escrita a mano de María Soledad Henríquez, esposa de Carlos Salcedo, donde describe el momento de la detención de Carlos el 16 de agosto de 1974 en la vía pública y denuncia la práctica sistemática de la desaparición forzada desde el mismo día del golpe de Estado. Declara haber recibido llamadas anónimas, tanto ella como los padres de Carlos, sobre los lugares de detención donde habría pasado su esposo: en agosto de 1974 habría estado en 4 Álamos; en octubre del mismo año en la Academia de Guerra Aérea y en diciembre en un recinto de reclusión en la provincia de Ñuble y la nula respuesta de las autoridades tras la realización de gestiones y averiguaciones para conocer el paradero de su esposo.

María Soledad Henríquez

Resolución Exenta Nº0317. Postergación de feriado legal a María Soledad Henríquez

Resolución Exenta Nº 0317, emitida el 28 de marzo de 1974 por el Departamento de Asistencia Social del Ministerio del Interior, que autoriza a María Soledad Henríquez, oficial administrativo Nº 26, para hacer uso de su feriado legal de 15 días hábiles correspondientes al año 1973, entre los días 15 de abril y 2 de mayo de 1974.

Ministerio del Interior

Carta de solicitud de información sobre el paradero de Carlos Salcedo

Carta de solicitud de información sobre el paradero de Carlos Salcedo, emitida por su esposa María Soledad Henríquez y enviada al Ministro del Interior el 22 de julio de 1975. En ella se describe la difícil y dolorosa situación familiar tras la detención de Carlos el 11 de agosto de 1974, solicitándose la normalización del caso de su marido en conformidad a las disposiciones entregadas en el decreto ley Nº 1009, el cual faculta a los organismos de inteligencia a "detener preventivamente a las personas a quienes presuma como culpables de poner en peligro la seguridad del Estado" en un plazo máximo de 5 días, tras el cual el detenido sería dejado en libertad o puesto a disposición del Tribunal que corresponda.

María Soledad Henríquez