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Descripción archivística
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Ficha de descripción del testimonio de Luz Encina

Ficha de entrevista a Luz Encina, madre de Mauricio Jorquera Encina, detenido desaparecido. El documento contiene un resumen del testimonio entregado a Londres 38, espacio de memorias.

Londres 38, espacio de memorias

Ficha de descripción del testimonio de Mónica Pilquil

Ficha de entrevista a Mónica Pilquil, ex militante del MIR y esposa de Ismael Darío Chávez, detenido desaparecido. El documento contiene un resumen del testimonio entregado a Londres 38, espacio de memorias.

Londres 38, espacio de memorias

Conmemoración a 16 años de la detención de Isidro Miguel Angel Pizarro Meniconi

Documento conmemorativo elaborado por Doris Meniconi Lorca, madre de Isidro Miguel Angel Pizarro Meniconi, al cumplirse 16 años de su detención perpetrada el 19 de noviembre de 1994, permaneciendo desaparecido hasta el día de hoy. Isidro era técnico en máquinas de oficina, militante del MIR y su nombre apareció en el montaje conocido como Operación Colombo o Lista de los 119,

Érika Hennings Cepeda

Declaración judicial de Héctor Hernán González Osorio

Declaración judicial de Héctor Hernán González Osorio, militante del MIR, miembro del Comité Central, de nombre político "Pablo" y jefe del Grupo Político Militar (GPM) 1 hasta antes del golpe de Estado. Desde 1974 asume como Secretario Regional de Santiago a cargo de los GPM 1, 12 y 15 correspondientes a las comunas de San Miguel, La Cisterna, La Granja, San Bernardo, Buin y Paine. Es detenido el 6 de diciembre de 1974 junto a su pareja permaneciendo en Villa Grimaldi durante 6 meses.
En su relato detalla el funcionamiento del centro de detención y las torturas a las que fue sometido, identificando a los agentes de la DINA Miguel Krassnoff, Osvaldo Romo, Pedro Espinoza, Marcelo Moren Brito y Basclay Zapata y a María Teresa Bustillos Cereceda, Washington Urrutia, María Isabel Ortega, Luis Jaime Palominos, Marta Neira Muñoz, Cesar Negrete Peña y José Antonio Herrera Cofre como algunos de los detenidos.

Poder Judicial de Chile

Declaración extra judicial de Emilio Ernesto Iribarren Ledermann

Declaración extra judicial de Emilio Ernesto Iribarren Ledermann, militante del MIR detenido el 4 de enero de 1975 por agentes de la DINA, entre ellos Ricardo Lawrence, siendo llevado a Villa Grimaldi donde reconoce la participación de Miguel Krassnoff en los interrogatorios y torturas a las que fue sometido.
Durante su detención nombra a Claudio Thauby, María Isabel Joui, María Teresa Eltit, Jorge Fuentes, Allan Bruce, Claudio Silva Peralta, Guillermo Boissier, Victor Diaz, Ricardo Lagos, Michelle Peña, Carlos Lorca, Exequiel Ponce, como algunas de las personas que vio durante su reclusión.

Poder Judicial de Chile

Nómina censurada de condenados que cumplen prisión en el Centro de Detención Preventiva y Cumplimiento Penitenciario Especial Punta Peuco - C. C. P. Punta Peuco (Respuesta N°1)

Nómina que responde de forma parcial a la primera solicitud (Nómina de condenados que cumplen prisión en el penal de Punta Peuco, sus edades y nº de rol de causas por las cuales fueron condenados), dado que no entrega los nombres y apellidos de los reos. Gendarmería considera que tal información corresponde a datos sensibles y por tanto debe ser resguardada en función de la Ley N° 19.628 "Sobre Protección de la Vida Privada".

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Nómina censurada de condenados que habiendo permanecido en recintos distintos al Centro de Detención Preventiva y Cumplimiento Penitenciario Especial Punta Peuco - C. C. P. Punta Peuco, se encuentren actualmente fuera de ellos por beneficios otorgados (Repuesta N°4)

Nómina que responde de forma parcial a la cuarta solicitud (nómina de condenados por violaciones a los derechos humanos cometidas durante 1973 y 1989 que, habiendo permanecido en esos recintos, se encuentren actualmente fuera de ellos en virtud de beneficios otorgados, indicando igualmente sus edades y nº de rol de causas por las cuales fueron condenados), dado que no entrega los nombres y apellidos de los reos. Gendarmería considera que tal información corresponde a datos sensibles y por tanto debe ser resguardada en función de la Ley N° 19.628 "Sobre Protección de la Vida Privada".

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

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