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Descripción archivística
MILITANCIA POLITICA
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Albano Fioraso sonriendo

Fotografía de Albano Fioraso. En la imagen se observa a Albano en su juventud sonriendo, característica según la cual le apodaron "Odontine" en alusión a la marca de pasta dental que se comercializaba en Chile en los años 70.

Londres 38, espacio de memorias

Pasaporte de Alan Rodríguez Pacheco

Pasaporte de Alan William Rodríguez Pacheco, otorgado por el Reino Unido.

El documento de viaje es emitido según lo dispuesto por la "Convención sobre el Estatuto de Refugiados" adoptada en Ginebra, Suiza, el 28 de julio de 1951. Dicha convención otorga protección legal y derechos a las personas que se encuentren refugiadas bajo el principio de de non-refoulement, o no devolución, el cual estable que una persona refugiada no puede ser devuelta a un país donde se enfrenta a graves amenazas a su vida o su libertad.

Según lo dispuesto en el artículo 27 de la convención, los países contratantes pueden conceder documentos de viaje a los refugiados que se encuentren legalmente en sus territorios, entendiendo por "refugiados" a toda persona que se encuentre fuera de su país de nacionalidad debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, nacionalidad u opiniones políticas.

El documento contiene los datos personales del refugiado, además de su fotografía y posibilita el ingreso a cualquier nación, excepto Chile.

Reino Unido

Pasaporte de Danilo Wilfredo Quezada Capetillo

Pasaporte de Danilo Quezada Capetillo otorgado por el Consutado chileno en San Francisco, Estados Unidos, país donde vivió su exilio.
El documento de viaje es emitido según lo dispuesto por la "Convención sobre el Estatuto de Refugiados" adoptada en Ginebra, Suiza, el 28 de julio de 1951. Dicha convención otorga protección legal y derechos a las personas que se encuentren refugiadas bajo el principio de de non-refoulement, o no devolución, el cual estable que una persona refugiada no puede ser devuelta a un país donde se enfrenta a graves amenazas a su vida o su libertad.

Según lo dispuesto en el artículo 27 de la convención, los países contratantes pueden conceder documentos de viaje a los refugiados que se encuentren legalmente en sus territorios, entendiendo por "refugiados" a toda persona que se encuentre fuera de su país de nacionalidad debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, nacionalidad u opiniones políticas.

El documento contiene los datos personales del refugiado, además de su fotografía.

Consulado chileno en San Francisco

Detenidos desaparecidos por responsabilidad y/o aquiescencia del Estado. Ficha perteneciente a GADEA GALÁN, Nelsa Zulema

Ficha elaborada por el Equipo de investigación histórica actualizada al 28 de febrero del año 2015 sobre Nelsa Gadea Galán, uruguaya, detenida y desaparecida desde la Comuna de Providencia (Santiago), militante del Partido Obrero Revolucionario (POR), Uruguay y del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), Chile. La ficha contiene datos personales, el proceso de desaparición, la transcripción textual de documentos oficiales con información de la víctima, el proceso de búsqueda durante la dictadura, incluyendo las respuestas del Gobierno uruguayo e información del proceso de búsqueda y causas judiciales en democracia.

Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente (Uruguay)

Fotografía de Rafael Maroto Pérez

Fotografía de rostro, en blanco y negro, de Rafael Maroto Pérez, cura obrero y dirigente del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR). Fue suspendido de sus funciones sacerdotales por sus actividades políticas en 1984 y posteriormente detenido y relegado a Tongoy. Compartía las directrices de la Teología de la Liberación, llevando adelante una activa vida política y social en poblaciones como La Legua.

Manuel Cabieses Donoso

Pasaporte de Luis Pincheira Llanos

Pasaporte de Luis Pincheira Llanos otorgado por Bélgica, país donde vive su exilio tras su expulsión de Chile.

El documento de viaje es emitido según lo dispuesto por la "Convención sobre el Estatuto de Refugiados" adoptada en Ginebra, Suiza, el 28 de julio de 1951. Dicha convención otorga protección legal y derechos a las personas que se encuentren refugiadas bajo el principio de de non-refoulement, o no devolución, el cual estable que una persona refugiada no puede ser devuelta a un país donde se enfrenta a graves amenazas a su vida o su libertad.

Según lo dispuesto en el artículo 27 de la convención, los países contratantes pueden conceder documentos de viaje a los refugiados que se encuentren legalmente en sus territorios, entendiendo por "refugiados" a toda persona que se encuentre fuera de su país de nacionalidad debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, nacionalidad u opiniones políticas.

El documento contiene los datos personales del refugiado, además de su fotografía y distintos timbres de países por donde circuló antes de reingresar a Chile.

Bélgica

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